Impuesto vehículos en Bogotá: la sanción si no paga a tiempo

Este 12 de agosto vence el plazo para pagar con descuento de 10 % el impuesto de vehículos en Bogotá. Después habrá plazo para pagar sin descuento. Y luego inician las sanciones.

Este 12 de agosto vence el plazo para pagar con descuento de 10 % el impuesto de vehículos en Bogotá. Después habrá plazo para pagar sin descuento. Y luego inician las sanciones.

La Secretaría de Hacienda de Bogotá recordó a los contribuyentes que hasta este viernes, 12 de agosto, podrán pagar su impuesto de vehículos en la ciudad con beneficio de 10 % de descuento. Vea más en noticias empresariales.

Así mismo, quienes autoricen la notificación electrónica a través del buzón en la Oficina Virtual de la Entidad, obtendrán un descuento adicional del 1% sobre el valor total del gravamen.

Por su parte, los contribuyentes que no puedan cumplir su obligación en ese plazo, tendrán dos semanas más, hasta el viernes 26 de agosto, para hacer el pago sin descuento, y sin intereses ni sanciones.

“Estamos comenzando agosto con un recaudo cercano a los $637.000 millones, cifra que representa el 65% de la meta propuesta por la Administración para el año completo, y que históricamente registra un crecimiento mucho mayor en las semanas previas a los vencimientos, es decir, en las que vienen”, afirma el secretario Distrital de Hacienda, Juan Mauricio Ramírez.

Por eso, la recomendación para quienes vayan a pagar su impuesto en estos vencimientos es hacerlo con antelación y tratar de no dejar nada para el último momento, evitando de esa manera imprevistos, inconvenientes y cualquier incomodidad o dificultad que se hubiera podido evitar.

Las personas interesadas en acceder al descuento, durante los días que faltan para el vencimiento del viernes 12 de agosto, tendrán a disposición todos los canales, herramientas y elementos virtuales y presenciales que brinda la Entidad, para resolver dudas, encontrar soluciones y orientar a los ciudadanos que lo requieran, hacia obtener sus facturas, imprimirlas y pagarlas en entidades financieras o en la Oficina Virtual.

Para cualquier información adicional, la Secretaría Distrital de Hacienda tendrá a disposición de los contribuyentes, los siguientes canales de atención:

  • PBX: 6013380000, extensiones 5581 y 5523, de 7:00 a.m. a 4:30 p.m., de lunes a viernes, y sábados de 8:00 a.m. a 12 m.
  • Línea de WhatsApp: 3002703002, de 7:00 a.m. a 5:30 p.m., de lunes a viernes, y sábados de 8:00 a.m. a 12 m.
  • Atención presencial en los SuperCADES: 20 de Julio, Américas, Suba y CAD, de 7:00 a.m. a 5:30 p.m., de lunes a viernes, y sábados -con agendamiento previo- de 8:00 a.m. a 12 m.

La sanción por no pagar a tiempo

Después de esa fecha, los contribuyentes incurrirán en mora y tendrán que cancelar el impuesto, además de exponerse a una sanción de pago por extemporaneidad, más la suma de intereses moratorios.

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Cuando la declaración del Impuesto sobre Vehículos Automotores no se presente dentro del plazo máximo establecido para declarar y pagar, la sanción por extemporaneidad será del 1,5% por mes o fracción de mes de retardo sobre el valor del impuesto a cargo, sin exceder del 100% del impuesto.

Es importante recordar que la sanción aplicable es la vigente al momento de la presentación de las declaraciones; en todos los casos, ninguna sanción puede ser inferior a la sanción mínima aplicable, que, para el año 2022, es de: 7 UVT ($266.000) para todos los vehículos automotores.

Cuando se corrijan las declaraciones del impuesto sobre vehículos por mayor valor, es decir, cuando se declare y pague un valor inferior al que corresponde, la sanción por corrección será del 10% del mayor valor por pagar que se genere entre la corrección y la declaración inicial, siempre y cuando la corrección se realice antes de que se produzca el emplazamiento para corregir.

Todos los vehículos deben pagar los derechos de semaforización equivalentes a dos (2) Salarios Mínimos Diarios Legales Vigentes, que, para el año 2022, equivale a $67.000.

Las motocicletas de hasta 125 cm3 solamente pagan estos derechos de semaforización. El impuesto sobre Vehículos no permite hacer pagos parciales o acuerdos de pago, lo que significa que lo que se declara, se paga inmediatamente; de otra forma, la declaración se dará por no presentada.

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