En el marco de la reforma tributaria de Colombia, el Ministerio de Hacienda ha mencionado la necesidad de darle otras bases equitativas al sistema tributario nacional, esto incluye la eliminación de beneficios tributarios en el marco del impuesto de renta a personas naturales del país.
Frente a sus pares regionales más importantes, y también cuando se compara con Estados Unidos, el sistema tributario para personas naturales colombiano se desmarca por tener más beneficios.
Con eso, en el país existen, entre otros, nueve principales beneficios tributarios: rentas exentas automáticas, contribuciones a la seguridad social, aportes voluntarios a salud y/o pensiones, rentas exentas de pensionados, cuentas preferenciales de ahorro, intereses hipotecarios, deducciones por dependientes, costo de rentas de capital y las herencias y donaciones.
Cuando se compara con Chile, España, Perú y México, Colombia, de los nueve beneficios anteriores, es el país que más acepta (en su totalidad) frente a los pares.
Solamente por mencionar unos casos, en Chile, de los nueve beneficios, en tres casos no se otorgan: rentas exentas de pensionados, cuentas preferenciales de ahorro y costo de rentas de capital. Mientras que en el caso de España son dos las que no se permiten: aportes voluntarios a pensión y las cuentas preferenciales de ahorro.
Perspectivas sobre los beneficios:
De otro lado, y frente a la potencia más importante del continente, en Estados Unidos (que no se considera par de Colombia) son solamente cuatro los beneficios que se otorgan en el impuesto a la renta de personas naturales.
José Antonio Ocampo, ministro de Hacienda de Colombia, mencionó que el sistema de beneficios tributarios del impuesto de renta de personas naturales es altamente regresivo en el país, pues beneficia especialmente a los contribuyentes de mayores ingresos.
“Lo anterior reduce la progresividad del sistema tributario, pues impide cobrar más a quienes presenten mayor capacidad de pago. Además, induce la inequidad horizontal, pues grava distinto a individuos con el mismo nivel de ingresos”, dice la exposición de motivos de la reforma tributaria.
De acuerdo con el gobierno de Gustavo Petro, estos beneficios constituyen para el Estado un gasto tributario que se justifica cuando genera beneficios sociales mayores a los costos sociales. “En particular, dentro de los costos sociales asociados a estos beneficios se encuentra la disminución de la equidad horizontal y vertical, así como el incremento en la elusión de impuestos dada la mayor complejidad del sistema tributario”, agrega el reporte.
Recomendado: Asofondos: impuestos y efectos en dividendos de la tributaria para los pensionados
Datos del Ministerio de Hacienda dan cuenta de que, en 2021, el valor total de las rentas exentas y deducciones a personas naturales ascendió a $98,41 billones, aumentando 5,6 % frente al observado el año 2020, cuando se ubicó en $93,17 billones.
“De manera análoga, el costo fiscal de estas medidas, definido como el ingreso que deja de percibir el Gobierno nacional por concepto de la utilización de cualquiera de estos gastos tributarios, pasó de $6,67 billones en 2020 a $7,04 billones en el año 2021”, concluye el Ministerio de Hacienda.