Es de recordar que, debido a las fallas en la plataforma virtual, la Secretaría de Hacienda de Bogotá tomó la decisión de aplazar las fechas de plazo para realizar el pago del impuesto predial. Vea más noticias de Finanzas Personales
- Con descuento: 15 de julio de 2022
- Sin descuento: 29 de julio de 2022
Así mismo, la Secretaría informó que hoy, 15 de julio, tendrán prioridad de atención para quienes vayan a pagar el impuesto predial y puedan obtener el 10 % de descuento, teniendo en cuenta que hoy es el último plazo.
Vale la pena mencionar que el horario de atención en los Super CADE 20 de Julio, Américas, Suba y CAD es de 7:00 am a 5:30 pm.
De otro lado, la entidad ofrece también la posibilidad del Sistema de Pago Alternativo por Cuotas Voluntario, modalidad en la que se puede pagar en cuatro fechas: 22 de julio, 23 de septiembre, 25 de noviembre y, el pago final, el 20 de enero 2023.
También está otra alternativa de pago para los sectores que fueron más afectados por las medidas tomadas buscando mitigar los contagios del Covid-19, teniendo las siguientes fechar para pagar el impuesto predial: 17 de febrero, 21 de abril, 16 de junio y 25 de agosto, del 2023.
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“Ampliamos el plazo únicamente para permitir a más contribuyentes acceder al descuento, en momentos en que el recaudo y el número de predios que ya pagaron supera nuestras expectativas. De hecho, no vemos afectaciones en los ingresos tributarios de la ciudad”, dijo el secretario distrital de Hacienda, Juan Mauricio Ramírez.
¿Qué pasa si no paga el impuesto predial?
Al no pagar este impuesto puede caer en una serie de sanciones las cuales lo pueden llevar a pagar una suma mayor por intereses de mora, haciendo que la deuda aumente considerablemente; sin mencionar que, si pasa bastante tiempo sin pagar, podrían abrir procesos administrativos.
Estas son las sanciones y multas por no pagar el impuesto predial en Bogotá:
- Una multa económica con intereses del 32%, lo que dejaría un aumento significativo de la deuda.
- Pueden abrirle procesos administrativos por el incumplimiento del pago.
- En caso de ser moroso, le pueden absolver hasta el 50 % de la deuda, lo que generalmente se puede realizar en fechas específicas ya estipuladas.
No olvide que pare realizar el pago del impuesto predial puede realizarlo por medio de los canales digitales dispuestos por la Secretaría de Hacienda de Bogotá o también en el banco de su preferencia.