El Ministerio del Trabajo de Colombia recordó a los empleadores del país el compromiso de pagar la prima de servicios correspondiente al primer semestre del 2022. Al tiempo que dio a conocer cuál puede ser la multa para los empleadores que no cumplan con el beneficio para los trabajadores.
De acuerdo con el Ministerio, son cerca de nueve millones los trabajadores dependientes que en Colombia cuentan con el pago de la prima de la primera mitad del año.
Según la normativa colombiana, todo empleador debe pagar a sus trabajadores una prima de servicios legal, correspondiente a 30 días de salario por cada año trabajado, o en proporción al tiempo trabajado cuando este es inferior a un año.
De esta manera, la prima se cancela en dos pagos: la mitad máximo el 30 de junio y la otra mitad a más tardar el 20 de diciembre.
“Es de aclarar que la Inspección del Trabajo de este Ministerio puede imponer multas a aquel que incumpla su obligación por el no pago de prestaciones sociales, la cual podrá ser tasada entre 26,31 UVT a 131.565 UVT ($1.000 millones a $5.000 millones en valores de 2022), de acuerdo con la gravedad de la infracción”, dijo Ángel Custodio Cabrera, ministro del Trabajo.
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Finalmente, recordó el ministro que, si el contrato de trabajo se termina y el empleador no paga la prima de servicios junto con los demás pagos laborales adeudados, “puede causarse una indemnización moratoria a la que se refiere el artículo 65 del Código Sustantivo del Trabajo”.
Hay que recordar que estos compromisos son suscritos por Colombia en el marco de la convención de acuerdos que estipulan, entre otros, la Organización Internacional del Trabajo (OIT).