Reforma en Ecopetrol | Junta Directiva tendrá nueva duración: pasó de 2 a 4 años

La Asamblea de Accionistas de Ecopetrol aprobó la nueva vigencia que tendrá la Junta Directiva de la compañía.

La Asamblea de Accionistas de la petrolera colombiana, Ecopetrol, aprobó este miércoles, 30 de marzo de 2022, la nueva vigencia que tendrá la Junta Directiva de la compañía. Lea más de petróleo.

Así  las cosas, este grupo directivo pasa de tener una vigencia y/o duración de dos años a cuatro años. Quedando, entonces, en su mayoría, en línea con la propuesta inicial que presentó a sus accionistas:

“La Junta Directiva de la Sociedad estará integrada por nueve miembros principales sin suplentes, quienes serán elegidos por la Asamblea General de Accionistas, por el sistema de cociente electoral y para períodos institucionales de cuatro años, pudiendo ser reelegidos más de una vez por igual periodo sin exceder tres periodos en total. Las personas elegidas no podrán ser reemplazadas en elecciones parciales, sin proceder a una nueva elección por el sistema del cociente electoral, a menos que las vacantes se provean por unanimidad”.

Sin embargo, en la Asamblea la accionista Maura E. Ramírez elevó la propuesta para el nuevo periodo (de cuatro años) cobijara a la actual Junta Directiva, que inicialmente iba hasta 2023. Ahora, tras la aprobación de la moción de Ramírez, el actual grupo directivo de Ecopetrol regirá desde 2021 hasta 2025. Esto quiere decir que no se podrán hacer cambios a la Junta en este periodo a menos que se convoque a una nueva reforma de estatutos.

Cabe recordar que, anteriormente, la Junta Directiva era elegida para periodos de dos años, pudiendo ser reelegidos indefinidamente.

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Nuevas reformas en Ecopetrol

Entre la reforma de estatutos también se aprobó que la compañía busque elevar la participación de mujeres, en línea con sus objetivos de diversidad e inclusión. Así como designar, evaluar y remover al presidente de Ecopetrol, aprobar su política de sucesión y fijar su compensación atendiendo a la responsabilidad del cargo y a las directrices del mercado.

También, la aprobación de apertura y cierre de sucursales y agencias de Ecopetrol, tanto en Colombia como en el exterior cuando lo estime conveniente Ecopetrol.

Aprobar la constitución de entidades sin ánimo de lucro siempre que el objetivo de éstas sea igual, similar conexo o complementario con el de la petrolera, necesario o útil para el mejor desarrollo de su objeto. También, aprobar la constitución y capitalización de sociedades subordinadas, así como autorizar la adopción de las medidas tendientes a su liquidación.

Así como gravar, enajenar o limitar el derecho de dominio sobre activos de propiedad de Ecopetrol diferentes de los hidrocarburos, sus derivados y productos refinados o petroquímicos, de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Junta Directiva.

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Entre tanto, también se aprobó que se reglamente e instrumente la emisión y colocación de acciones y bonos convertibles en acciones. Asimismo, autorizar e instrumentar la emisión y colocación de bonos no convertibles en acciones, así como de otros títulos o valores de deuda que permitan la financiación de la sociedad.

En todo caso, la Junta Directiva podrá encargar al presidente de la compañía la aprobación del reglamento de suscripción, el prospecto de emisión y todos los demás documentos relativos a la emisión y colocación de títulos valores.

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