Colombia avala nuevo mercado para venta de energía eléctrica

La Comisión de Regulación de Energía y Gas (Creg) expidió una resolución que define una nueva fórmula para la compra de energía.

Imagen tomada de: twenergy.com

La Comisión de Regulación de Energía y Gas (Creg) expidió una resolución que define una nueva fórmula para la compra de energía, con el fin de incluir las compras que realicen los comercializadores en los mecanismos autorizados tras la aplicación de la Resolución Creg 114 de 2018, para la atención de demanda regulada. Lea más de energía.

En días pasados, Valora Analitik, en entrevista con Juan Carlos Téllez, gerente general de Derivex, el mercado de derivados estandarizados de commodities energéticos que gestiona contrataciones de energía eléctrica a través de un mercado anónimo y estandarizado de contratos de futuros, informó sobre el proceso que se adelantaba en la Creg en búsqueda de alternativas para vender energía.

Se sabe que, desde hace 20 años, la Creg ha buscado un mecanismo alterno que permita comercialización de energía a futuro. Pues, como lo explicó Téllez, antes de la nueva resolución, en Colombia solo se podía comercializar energía por medio de tres vehículos: subastas del Ministerio de Minas y Energía, los contratos bilaterales y en bolsa.

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Ya que los mecanismos anteriores, como los contratos bilaterales, dejaban algunos obstáculos como que una empresa, por problemas administrativos y financieros, incumpla sus contratos -tal y como ocurrió con Electricaribe en su momento-.

Es por eso que la Creg, con la expedición de la Resolución 101002 de 2022 (del 25 de enero de 2022), se define la fórmula de traslado en el componente de compras de energía, con el fin de incluir las compras que realicen los comercializadores en mecanismos autorizados como resultado de la aplicación de la Resolución Creg 114 de 2018 para la atención de demanda regulada.

Lo que quiere decir que la Comisión le está dando el aval para que mecanismos, como el propuesto por Derivex (consúltelo aquí), puedan vender la energía.

Sobre esta normativa, Valora Analitik habló con Juan Carlos Téllez de Derivex, quien aseguró que “la que acaba de salir (la resolución) confirma que los precios de Derivex se puedan trasladar a la tarifa de usuarios regulados”.

Expresó además que hace falta otra que establezca “las condiciones generales que deben cumplir los comercializadores que compren en Derivex. Pero esa resolución saldrá cuando se resuelva la venta de Ecopetrol Energía”.

Así las cosas, para aprobar el Mecanismo Anónimo de Estandarizado y que Derivex inicie operación se necesitaban dos resoluciones o normativas: por un lado, la que define la fórmula matemática de los mecanismos aprobados por la Creg, que es la que ya está en vigor.

Y, por el otro, una resolución que determine las condiciones generales para que comercializadores puedan trasladar los precios de Derivex a la tarifa; es decir, parámetros (subasta), indicadores, garantías, entre otros.

Como lo hemos informado anteriormente, para que esta última se pueda expedir, es necesario que Ecopetrol culmine el proceso de venta de su filial Ecopetrol de Energía, único factor que frena la medida.

De acuerdo con Felipe Bayón, presidente de la petrolera colombiana, se están evaluando varios compradores potenciales y el proceso está andando a la espera de prontos resultados.

Haga clic aquí para consultar la nueva Resolución 101002 de 2022

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