¿Cambio en Ley de Garantías en Colombia aplicará a contratos de prestación de servicios?

La inclusión de un artículo en la ley de Presupuesto del 2022 para modificar la Ley de Garantías en Colombia sigue dando de qué hablar.

Por ley, contratistas del Estado colombiano tendrían vacaciones y otras garantías laborales

La inclusión de un artículo en la ley de Presupuesto del 2022 para modificar la Ley de Garantías en sigue dando de qué hablar entre círculos políticos y económicos.

Puntualmente, el Congreso le dio vía libre a que antes de las elecciones del próximo año, el Gobierno Nacional pueda realizar convenios interadministrativos con entidades territoriales. Lea más en Finanzas Personales.

Según el ministro de Hacienda, José Manuel Restrepo, con esto se busca mantener el ritmo de contratación en las regiones, que siguen golpeadas por la pandemia.

“Este artículo no responde ni a una jugadita, ni es un ‘mico’. Al contrario, lo pusimos de frente al país, con la convicción de que es esencial en el propósito de reactivar la economía. Tiene el propósito de crear empleo, empleo y más empleo”, dijo el funcionario.

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Y con el fin de que este cambio no les abra la puerta a actos de corrupción, se dispuso que la Contraloría ejerza un control especial a dichos convenios durante la Ley de Garantías.

¿Qué cambia y qué no?

Así las cosas, el único cambio que se realizará para el próximo año será la posibilidad de celebrar los convenios entre el Gobierno Nacional y los entes regionales.

Por ende, se mantienen vigentes los otros puntos que trae la Ley de Garantías desde que se aprobó en el 2005.

Sigue la restricción para realizar contratación directa entre el 29 de enero y el 29 de mayo del 2022, en caso de que el próximo presidente sea elegido en primera vuelta.

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Aunque si es necesario una segunda vuelta, la prohibición se extenderá hasta el 19 de junio del próximo año.

Lo anterior implica, por ejemplo, que durante ese lapso no se podrán realizar o extender contratos de prestación de servicios o de apoyo a la gestión, modalidad bajo la cual miles de colombianos están vinculados al sector público.

Es decir, el cambio realizado en la Ley de Garantías no modificó este punto, con lo cual los trabajadores podrían seguir en sus labores, siempre y cuando sus contratos sean firmados o prorrogados antes del 29 de enero del 2022.

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De otro lado, se mantiene vigente la prohibición de despedir funcionarios por razones políticas. Esta no tiene limitación de tiempo, ya que se trata de una conducta contraria a la Constitución.

Y, finalmente, sigue en pie la prohibición para los servidores públicos de participar, promover y destinar recursos públicos para campañas políticas, así como de que jefes presionen a sus subalternos, con el fin de que respalden alguna causa o campaña.

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