El último dígito del NIT de personas naturales, indica el plazo para declarar renta en 2021. Los vencimientos van de agosto 10 a octubre 20.
En agosto inician los vencimientos de plazo para presentar la declaración de renta en 2021, pagar el impuesto de renta, correspondiente a la vigencia fiscal del 2020 y para el caso de las personas naturales en Colombia, según la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, Dian, estos van desde el 10 de agosto hasta el 20 de octubre de 2021. Vea más en Finanzas Personales.
Debe tener en cuenta los últimos dos dígitos del NIT del declarante que conste en el Registro Único Tributario, RUT, sin tener en cuenta el dígito de verificación.
Por eso, es importante presentar la declaración de renta y si es el caso, pagar el impuesto que se genere a partir de esta obligación antes de la fecha estipulada por la Dian. Así podrá evitar posibles multas y además el correspondiente cobro de intereses moratorios.
También recuerde que si usted es una persona natural sin residencia fiscal en Colombia debe presentar la Declaración del Impuesto Sobre la Renta y Complementarios en forma electrónica y dentro de los plazos antes señalados en el formulario 110.
Igualmente, podrá efectuar el pago del impuesto y el anticipo electrónicamente o en los bancos y demás entidades autorizadas en el territorio colombiano dentro del mismo plazo.
Recomendado: Declaración de renta: así puede cumplir con esta obligación tributaria
El siguiente es el calendario de último día de plazo para presentar su declaración de renta en Colombia en el 2021:
Sanciones por no declarar
De acuerdo con información de la plataforma para declarar renta Tributi y también con el Estatuto Tributario, el no presentar la declaración de renta, hacerlo tarde o presentarla mal para engañar a las autoridades acarrea sanciones.
Al ser un deber decretado por ley, las personas naturales que no declaren renta o lo hagan fuera de la fecha establecida tendrán que pagar multas e intereses.
Si presenta su declaración de renta después de su fecha límite, tendrá que pagar una sanción por declarar tarde, conocida como sanción por extemporaneidad. Esta sanción equivale al 5% de su impuesto a cargo y aumenta con cada mes o fracción de mes que pase entre la fecha límite de pago y la fecha en la cual se presente la declaración de renta.
La sanción mínima que se pagará en 2021 por las obligaciones incumplidas o mal cumplidas con la Dian es de $363.000. Es decir que solo por declarar un día tarde, ya tendría que asumir este valor, incluso si la declaración de renta arroja un valor a pagar de cero.
Será enviado un mensaje de advertencia, notificando que cuenta con un mes máximo para realizar el pago correspondiente al monto del impuesto, de no ser cumplido este plazo se le anexara un 10%, articulo 642 de la ley establecida.
De no declarar impuestos sobre la renta en ninguno de los casos anteriores se le sumará un 20% como sanción en base a el valor de sus consignaciones bancarias o bien los ingresos brutos de la persona, esto se dará en relación al periodo en el que el mismo no declaro impuestos o en relación a los ingresos de la última declaración que ha realizado, articulo 643 de la ley establecida.