El nuevo texto de la reforma tributaria en Colombia contempla extender beneficios de crédito para departamentos y municipios, así como un apoyo extraordinario para los sistemas de transporte masivo.
El articulado radicado hoy en el Congreso por el Ministerio de Hacienda de Colombia indica que los créditos de Tesorería para departamentos y municipios de parte de la Tesorería Nacional se prorrogarán hasta la vigencia fiscal 2023.
Esa ayuda a los entes territoriales estaba incluida en el artículo 3 del Decreto Legislativo 678 de 2020 que decía que “para efectos de compensar la caída de los ingresos corrientes y aliviar presiones de liquidez ocasionadas por la crisis generada por la pandemia Covid-19, las entidades territoriales y sus descentralizadas podrán contratar con entidades financieras créditos de tesorería durante las vigencias fiscales 2020 y 2021, que se destinarán exclusivamente a atender insuficiencia de caja de carácter temporal tanto en gastos de funcionamiento como de inversión y deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Estos créditos no podrán exceder e115% de los ingresos corrientes del año fiscal en que se contratan.
- Serán pagados con recursos diferentes del crédito.
- Deben ser pagados con intereses y otros cargos financieros antes del 31 de diciembre de la vigencia fiscal siguiente a aquella en que se contratan.
- No podrán contraerse en cuanto existan créditos de tesorería en mora o sobregiros.
Apoyo a sistemas de transporte masivo
Tal como lo anticipó a Valora Analitik el ministro de Hacienda, José Manuel Restrepo, en la reforma tributaria se establece un apoyo extraordinario para los sistemas de transporte masivo de las ciudades capitales que resultaron afectados: primero por la pandemia y segundo por las protestas recientes.
Durante el año 2021, cita la reforma tributaria, la Nación en conjunto con las entidades territoriales, podrá establecer esquemas de cofinanciación, para los sistemas integrados de transporte masivo, destinados a cofinanciar los déficits operacionales, originados por las medidas de restricción del nivel de ocupación de la oferta de sus servicios dirigidas a contener la propagación del Sars-Covid-2 (Covid-19) durante la vigencia de la emergencia sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social.
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El monto máximo a cofinanciar por parte del Gobierno nacional será hasta del cincuenta por ciento (50%) del déficit operacional certificado por cada ente gestor de los sistemas de transporte masivo y verificado por el Ministerio de Transporte.
El ministro dijo que el monto a financiar será de $1 billón y que será por una única vez.
El monto será girado por el Ministerio de Hacienda al ente gestor de cada sistema de transporte masivo, con cargo al Presupuesto General de la Nación.
En todo caso, dijo el articulado, el déficit operacional deberá ser calculado de acuerdo con la metodología que determine el Ministerio de Transporte para este propósito. Para el cálculo del déficit no se tendrán en cuenta los aportes o transferencias ya realizados por las entidades territoriales para cubrir el déficit operacional derivado de la emergencia sanitaria producida por la pandemia del Covid-19, ni las fuentes de ingresos producto de los desembolsos obtenidos por la contratación de créditos con el fin de aliviar la caja y lograr la continuidad en la prestación del servicio.
El Gobierno del presidente Iván Duque en Colombia radicó hoy en el Congreso de la República el articulado de la reforma tributaria (proyecto de inversión social).
Su articulado completo se puede leer aquí.
Su exposición de motivos se puede leer aquí.
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