Advierten demoras en certificación de proyectos de generación distribuida en Colombia

Andrés González, gerente de Ventas de Eneco, resaltó que todas estas medidas están dinamizando con fuerza el mercado de la generación distribuida, a pesar de las adversidades del 2021.

¿Podría revivir el fantasma de un apagón en Colombia para 2025?
¿Podría revivir el fantasma de un apagón en Colombia para 2025? Imagen: Pixabay.

En febrero del 2018 se habilitó la generación distribuida en Colombia por medio de la Resolución Creg 030/2018, que permite la autogeneración a través de fuentes de energías renovables de usuarios particulares residenciales, industriales y comerciales.

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Desde entonces, el Gobierno Nacional ha lanzado líneas de promoción para este tipo de generación in situ. La medida más importante fue hacer más expedita la aplicación de los incentivos para proyectos de proyectos de Fuentes No Convencionales de Energía renovables (Fnce), alcanzados en la Ley 1715.

Se trata de deducción de renta, exclusión de IVA, exención arancelaria y depreciación acelerada para emprendimientos renovables, y exención de IVA y descuento y deducción de aranceles para aquellos que correspondan a Gestión Eficiente de Energía (GEE).

Andrés González, gerente de Ventas de Eneco, resaltó que todas estas medidas están dinamizando con fuerza el mercado de la generación distribuida, a pesar de las adversidades que ha habido este 2021, tanto por la pandemia como por los contratiempos que han ocasionado las manifestaciones sociales, según informó Energía Estratégica.

Sin embargo, el ejecutivo advirtió que los tiempos de aprobación de los proyectos no están avanzando al ritmo que promete la Ley. “Se están respetando cada vez más pero todavía hay demoras que impactan en nuestros emprendimientos”.

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Al respecto, la Resolución Creg 030/2018 señala que para proyectos de potencia instalada menor o igual a 0,1 megavatios (MW), el operador de red tendrá cinco días hábiles contados a partir del día siguiente al de recibo de la solicitud en la página web para emitir concepto sobre la viabilidad técnica de la conexión.

“Luego de la verificación de parámetros y efectuadas las pruebas pertinentes, el OR dispondrá de dos días hábiles para efectuar la conexión”, indica la normativa de acuerdo con Energía Estratégica.

Para los proyectos de potencia instalada mayor a 0,1 MW y menor o igual a 1 MW, el operador de red tendrá siete días hábiles contados para emitir concepto sobre la viabilidad de la conexión y cinco días hábiles siguientes a la fecha de la remisión del resultado de viabilidad técnica.

Pero González le dijo al medio que los procesos suelen tardar en surtirse entre uno a dos meses. “Hemos tenido casos donde las demoras fueron mayores”.

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Cuenta que estos retrasos son complejos para las empresas que tienen a sus emprendimientos en alto grado de ejecución, con desembolsos de inversión terminados que requieren avanzar, según Energía Estratégica.

Vale mencionar que Eneco actualmente está ejecutando proyectos por 250 kilovatios (kW) y empezarán a montar otros por 300 kW próximamente.

(Con información de Energía Estratégica)

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