El Gobierno Nacional dio a conocer el Decreto 360 de 2021, por medio del que adoptó una serie de cambios en el régimen de aduanas en Colombia.
Según la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) se busca facilitar las operaciones de comercio exterior por cuenta de los efectos propios generados por la pandemia del Covid-19.
La nueva normativa contempla cambios en el procedimiento y régimen sancionatorio; disposición de mercancías; además de disposiciones transitorias y derogatorias.
El Gobierno introduce también ajustes para la facilitación del comercio y hace precisiones en materia de valoración y origen.
El nuevo régimen de aduanas, detalló la Dian, permite que, para las vigencias 2020 y 2021, las agencias de aduana soporten contablemente, al menos, el 50 % del patrimonio líquido, y que retornen a la normalidad en 2022.
“Así mismo, la norma elimina la obligación de estas en cuanto a la publicación de los estados financieros y la inhabilidad de consolidación y desconsolidación”, explicó la Dian.
Con el Decreto, el Gobierno también pretender estimular el uso de las declaraciones anticipadas “eliminando el plazo máximo para presentar las declaraciones anticipadas voluntarias”.
De otro lado, los cambios al régimen de aduanas dan la posibilidad a que se custodien y almacenen mercancías nacionales y nacionalizadas.
Así mismo se podrán identificar, en medios físicos o electrónicos, las mercancías sujetas a control aduanero y las mercancías nacionales y nacionalizadas.
Finalmente, se lee en el decreto que cambia el régimen de aduanas que el desglose de las declaraciones “solamente se haga para aquellos trámites manuales, excepto cuando se trata de un Operador Económico Autorizado, y se elimina el límite de valor y la cantidad para las exportaciones por tráfico postal”.
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