El ministro de Salud y Protección Social, Fernando Ruiz Gómez, anunció que no se exigirá el resultado de la prueba de PCR a los viajeros que ingresen a Colombia ni cuarentena de 14 días, pese al fallo dado por un juez del circuito de Bogotá.
“Para las personas que están viajando a Colombia queremos decirles que mientras esta situación surta todo el proceso legal, podrán seguir viniendo a Colombia sin tomar la prueba PCR y sin tener que ser sometidos a una cuarentena obligatoria de 14 días”, afirmó.
Ruiz Gómez indicó que las órdenes emitidas por el juez ponen al Ministerio de Salud en una “condición de imposibilidad de cumplimiento” del fallo, agregando que la orden genera una afectación sobre la estrategia sanitaria de contención de la epidemia desarrollada durante todo el año en el país y que ha sido sustentada en un Conpes y en una serie de decretos y resoluciones completamente estructuradas por la cartera de Salud; por lo que precisó que esa “limitación que se genera sobre la autoridad sanitaria, nos conlleva a tomar esta decisión”.
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Cabe recordar que luego de la solicitud de aclaración enviada por el Ministerio de Salud, el juez Giovanni Legro del Juzgado 11 Administrativo de Bogotá, había ratificado la exigencia de las pruebas PCR para Covid-19 a los viajeros que lleguen vía aérea desde el exterior a Colombia y estableció un plazo de 96 horas para exigir el test. A niños de dos años en adelante también se les debía realizar la prueba.
La semana pasada, Legro ordenó al Ministerio de Salud, a las aerolíneas y a los viajeros a presentar una prueba de PCR negativa a toda persona que quiera entrar a Colombia por vía aérea. Por ello, el Ministerio de Salud le pidió al juez que aclarara varios aspectos del fallo.
En su respuesta, el juez había ratificado su decisión y aclaró los puntos solicitados. En cuanto al tiempo que el Gobierno debe exigir la prueba PCR para permitir el ingreso de un viajero internacional al país, estableció varias condiciones: 1. Hasta que se tuviera una vacuna segura y eficaz.
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2. Se controlaran los brotes tanto en el país de origen como en el de destino.
3. El Gobierno Nacional decrete la terminación de la emergencia sanitaria en el territorio nacional, con las condiciones epidemiológicas adecuadas, suficientes y seguridad en salud pública para la población.
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