Como un apoyo directo al precio interno pagado al productor, el Gobierno Nacional puso en marcha el programa Incentivo Gubernamental para la Equidad Cafetera (IGEC) 2019.
Con este esquema se ejecutarán recursos por $155.500 millones como un apoyo directo a los productores. Será de hasta $30 mil por carga de café pergamino seco (cps), siempre y cuando el precio interno del café publicado por la Federación Nacional de Cafeteros (FNC) esté por debajo de los $715 mil por carga de 125 kg.
La entrega del apoyo, aplica desde el viernes cinco de abril y estará vigente hasta el 31 de diciembre del año en curso o hasta agotar los recursos destinados para tal fin.
Y dado que para la economía del país y el gremio es fundamental mantener la productividad y tecnificación de la caficultura, el Comité Nacional de Cafeteros aprobó poner en marcha inmediatamente un Programa de Renovación de Cafetales para la vigencia 2019 con recursos por $12.512 millones, a razón del equivalente a $170 en fertilizantes edáficos (de uso en la caficultura colombiana) por cada sitio renovado, ya sea por siembra o zoca.
IGEC 2019
Podrán beneficiarse del apoyo que otorga el IGEC 2019 los productores de café registrados y activos en el Sistema de Información Cafetera (SICA) al 31 de diciembre de 2018 y que realicen las ventas de café ante los compradores autorizados, soportadas en facturas o documentos equivalentes, durante la vigencia del IGEC 2019.
El hecho generador del incentivo es la compra-venta física de café entre productores y compradores autorizados. Para las ventas con entrega futura, el incentivo se generará en la fecha de entrega física, siempre y cuando el IGEC 2019 siga vigente en ese momento.
El valor del incentivo se determinará diariamente por la Federación una vez cierre la Bolsa ICE de Nueva York, que corresponderá a la diferencia que resulte entre el activador del IGEC y el precio de referencia por carga de 125 kg de cps (humedad 10%-12%) o su equivalente en café cereza, pergamino húmedo, excelso, Producto de Colombia o café tostado.
En ningún caso el valor del incentivo será superior a $30.000 por carga de cps o su equivalente en otros tipos de café.
No serán objeto del incentivo las operaciones de compra-venta de pasillas que realicen los productores en razón de la heterogeneidad en los factores de conversión a café pergamino seco.
El soporte para el pago del incentivo únicamente será la factura de venta expedida por el productor de café obligado a facturar o el documento equivalente a la factura, expedido por el comprador autorizado, cuando el productor no esté obligado a expedir factura de venta.
El incentivo se pagará directamente al productor mediante abono a la Cédula o Tarjeta Cafetera Inteligente o trasferencia bancaria, previa verificación de las condiciones establecidas en las resoluciones y el respectivo Reglamento Operativo del Incentivo.
El pago se hará en orden de registro de las facturas o documentos equivalentes por parte de los compradores autorizados, que hayan cumplido con los requisitos y condiciones señalados hasta agotar los recursos. Esto es, primero registrado y verificado, primero pagado.