Existe mucho desconocimiento por parte de los colombianos acerca de la responsabilidad que tienen sus edificios o conjuntos ante cualquier siniestro.
¿Sabe usted qué hacer en caso de un incendio, inundación o cualquier amenaza que atente contra su inmueble? Fonseca Sanclemente Seguros, empresa especializada en póliza de seguros para copropiedades, expone cómo resolver situaciones de este tipo y explica cuáles son las responsabilidades que tienen las aseguradoras frente a las mismas. Vea más en Finanzas Personales.
Si bien desde el 2001 existe una ley que rige los derechos y funciones de la propiedad horizontal en Colombia, hoy, 20 años después, existe mucho desconocimiento por parte de sus ciudadanos acerca de la responsabilidad que tienen sus edificios o conjuntos ante cualquier caso de siniestro.
Y es que por ejemplo, aunque Colombia no tenga un historial extenso en tema de terremotos o sismos, en comparación con otros países como Chile o México, el riesgo siempre ha estado latente, por lo que muchos consejos de administración se han esforzado en dar pedagogía acerca de este asunto.
Para Carlos Fonseca, presidente de Fonseca Sanclemente Seguros, empresa especializada en póliza de seguros para copropiedades, quien ha atendido más de 2.800 siniestros en Colombia, “si bien la amenaza de siniestros siempre ha estado a la orden del día, hoy día son más los usuarios que preguntan sobre las responsabilidades de las administraciones y las aseguradoras ante un incendio, inundación o cualquier hecho que afecte su inmueble, debido a que se ha convertido en un asunto que termina finalmente tocando sus bolsillos”.
Pero, ¿cuáles son las dudas más inquietan a los colombianos alrededor de las responsabilidades que se tienen en la propiedad horizontal frente a un siniestro? Fonseca responde:
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1. ¿Si por un caso debo desalojar mi vivienda, el seguro me cubre las cuotas de administración y el arrendamiento adicional?
Sí se cubre desde el momento en que se hace el cambio de domicilio, pero no para las cuotas vencidas o en mora. Además, el alquiler debe ser similar al que usted pagaría en su sector y sólo se cubre durante un tiempo razonable para atender el siniestro.
2.¿Qué pasa si un árbol que está a las afueras del conjunto se cae y daña mi carro?
Los árboles o zonas verdes que están fuera de los predios asegurados no son objeto de cobertura en la póliza de zonas comunes, así como los terrenos o lotes que son del municipio.
3.¿Los muebles y enseres están cubiertos por una póliza de zonas privadas?
De acuerdo con el alto ejecutivo de Fonseca Sanclemente Seguros, para este tipo de pérdidas se debe contratar un seguro de hogar. No obstante, si el daño se causa porque un elemento de zona común falló, entonces se debe de recurrir a la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual que tiene la copropiedad.
4. En el caso de un incendio, explosión o terremoto, ¿la compañía de seguros me hace las reparaciones como lo hacen con un vehículo?
Para este tipo de casos, la compañía no hace reparaciones locativas, sino que gira el valor de la cotización o de las facturas presentadas por el copropietario afectado.
5. Si activo la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual, ¿quién asume el deducible?
Este lo asume el asegurado, es decir, la copropiedad.
6. ¿Cuánto tiempo tiene la compañía de seguros para pagar mi indemnización?
Este proceso depende de la celeridad que el asegurado le dé a la hora de demostrar y sustentar la pérdida. No obstante, una vez se aporte toda la documentación, la compañía tiene 30 días para generar el pago.
Dudas sobre eventualidades puntuales
7. Si el jardinero con su guadaña daña mi vehículo, ¿el arreglo lo paga la póliza de la copropiedad?
Sí, a través de la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual del conjunto amparo predios, labores y operaciones.
8. Si ocurre un sismo y las áreas privadas no se encuentran aseguradas, ¿qué pagaría la compañía de seguros?
La compañía indemnizaría las zonas comunes de las copropiedades, con los acabados que tienen a la fecha del siniestro y las áreas privadas en obra negra.
9. Si un rayo daña el circuito cerrado de televisión (CCTV), la citofonía y cerca eléctrica de un conjunto, ¿con qué debe responder la compañía de seguros?
La compañía indemniza los equipos tal cual los tenía al momento del siniestro pero no paga las mejoras, ya que estas no se encuentran amparadas en la póliza. En este caso, estas deben ser asumidas por el asegurado.
10. ¿Qué pasa si las baldosas del conjunto se desprenden por la mala pega de las mismas? ¿La compañía de seguros podría responder en estos casos?
Las baldosas que se desprenden (efecto dominó) por mala pega o falta de esta no son objeto de cobertura, toda vez que estos daños son excluidos de los contratos.
“En estos temas, los consejos de administración tienen una gran responsabilidad. Por esta razón, nosotros nos hemos enfocado en crear alianzas con valores agregados que ayuden a conservar el patrimonio de las copropiedades en cualquier eventualidad y a la misma vez, ofrezcan una buena contratación de las pólizas de seguros, donde los deducibles sean los convenientes, las coberturas estén claras y los valores asegurados sean los correctos”, añade Fonseca.
Fonseca Sanclemente Seguros es una empresa colombiana experta en póliza de seguros para propiedad horizontal, que en los últimos cinco años ha atendido aproximadamente 2.800 siniestros y que por intermediación de las compañías de seguros aliadas, ha desembolsado cerca de 26.000 millones de pesos a copropiedades afectadas por incendios, inundaciones y otras amenazas.